División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Al contestar refiérase
al oficio N° 21232
25 de noviembre, 2021
DFOE-CAP-0968
Máster
Gabriela Víquez Quirós
Directora Ejecutiva
CORPORACIÓN HORTÍCOLA NACIONAL
Estimada señora:
Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00006-2021 sobre la capacidad
de gestión institucional
Me permito remitirle el informe DFOE-CAP-SGP-00006-2021, preparado por el Área de
Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y
Evaluativa, en el cual se consignan los resultados del seguimiento de la gestión sobre la
capacidad de gestión institucional con el objetivo brindar un panorama general sobre la
capacidad de gestión institucional, con base en el análisis del marco regulatorio y buenas
prácticas aplicables, con el propósito de promover su fortalecimiento en procura de la
generación de valor público.
Dicho informe comprende los resultados del análisis de la capacidad de gestión
institucional a partir de las dimensiones que conforman el Modelo Integrado de Gestión
Pública (MiGPS), el cual integra cuatro dimensiones -estrategia y estructura; liderazgo y
cultura; procesos e información; competencias y equipos- para el fortalecimiento de la
capacidad de gestión institucional; es decir, la articulación y preparación de los recursos
disponibles de cada entidad para cumplir sus funciones, objetivos y alcanzar los resultados.
Esas dimensiones consideran una serie de prácticas vinculadas a la gestión para
resultados, los riesgos, la calidad y el control interno en cada una de las dimensiones
definidas, cuya implementación en los subsistemas de gestión de las instituciones -financiera,
potencial humano, bienes y tecnologías de información- permite fortalecer la capacidad de
gestión institucional en procura de satisfacer las necesidades de la ciudadanía y generar valor
público mediante el desempeño eficiente y eficaz de su gestión.
Los pri ...
Fecha publicación: 26/11/2021
Fecha emisión: 25/11/2021
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION PUBLICA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Al contestar refiérase
al oficio n.° 15991
19 de octubre, 2021
DFOE-SOS-0259
Señor
Martín Antonio González Zúñiga
Presidente
Corporación Hortícola Nacional
Asunto: Respuesta a consulta realizada al Órgano Contralor acerca de la posibilidad
de los entes públicos no estatales para captar y administrar fondos públicos
y otorgar créditos con esos fondos
Mediante oficio DE-058-2021 del 2 de setiembre de 2021, se recibe consulta por parte de
la Corporación Hortícola Nacional donde se solicita dar respuesta a las siguientes dos
preguntas:
1. ¿Si los entes públicos no estatales, pueden captar y administrar fondos
públicos?
2. ¿Si es posible otorgar créditos con base en esos fondos públicos?
Dicho oficio indica que se adjunta criterio de la Asesoría Legal Interna de la Corporación
Hortícola Nacional. Cabe mencionar que el documento anexo corresponde al criterio jurídico de
Dall´anese Advisory, el cual concluye que la Corporación Hortícola Nacional no puede captar
fondos públicos o privados con fines propiamente financieros en razón de su prohibición legal
de realizar negocios jurídicos especulativos, aunque sí puede otorgar créditos y formar
fideicomisos siempre que no sean especulativos. Además señala que la corporación puede
establecer convenios financieros, administrar fondos aportados por terceros para el desarrollo
de proyectos de investigación, transferencia de tecnología y creación de infraestructura
hortícola, y prestar asistencia financiera, pero advirtiendo que no puede captar fondos en
atención a lo establecido en la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica.
I. Consideraciones preliminares
En atención a la potestad consultiva establecida en el artículo 29 y los supuestos del
artículo 4 inciso a), de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, ley n.° 7428
del 7 de setiembre de 1994, sobre las consultas que al efecto le dirigen los órg ...
Fecha publicación: 22/10/2021
Fecha emisión: 19/10/2021
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
M3-04-GE-03 V6
Al contestar refiérase
al oficio N° 11715
10 de agosto, 2021
DFOE-CAP-0502
Doctora
Paola Vega Castillo
Ministra
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES
COMISIÓN DE ALTO NIVEL DE GOBIERNO DIGITAL DEL BICENTENARIO
paola.vega@micitt.go.cr
despacho.ministro@micitt.go.cr
Máster
Agustín Castro Solano
Ministro
MINISTERIO COMUNICACIÓN
agustin.castro@presidencia.go.cr
Estimados señora y señor:
Asunto: Remisión del Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021 sobre la gobernanza
digital en el sector público posterior a la resolución N°
R-DFOE-CAP-00002-2021 del recurso de revocatoria
Me permito remitirles el Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021, ajustado por el Área de
Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y
Evaluativa, en el cual se consignan los resultados de la auditoría de carácter especial sobre la
gobernanza digital en el sector público. Lo anterior, en razón de que mediante resolución de
esta Área de Fiscalización N° R-DFOE-CAP-00002-2021 de las diez horas con cuarenta y dos1
minutos del 4 de agosto de 2021, se ajustó el destinatario de la disposición 4.8 en razón de que
se concluye que:
...en materia de gobernanza de datos, tanto la Comisión Nacional de Datos Abiertos
como la Dirección de Gobernanza Digital del MICITT ostentan competencias sobre lo
dispuesto, por lo que, considerando los argumentos y petitoria de la recurrente; así
como, el análisis normativo realizado, para el cumplimiento de la disposición 4.8 del
mencionado informe se considera procedente la responsabilidad coordinada y
compartida entre dichas entidades.
Así las cosas, la citada disposición se ajusta para que se atienda de forma coordinada por
la Presidencia de la Comisión Nacional de Datos Abiertos y la Dirección de Gobernanza Digital
del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicacione ...
Fecha publicación: 13/08/2021
Fecha emisión: 10/08/2021
Institución: MINISTERIO DE COMUNICACION Y ENLACE INSTITUCIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: ATENCION DE RECURSOS DE REVISION O DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO Y OTRAS REPLICAS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
M3-04-GE-03 V6
Al contestar refiérase
al oficio N° 09682
30 de junio, 2021
DFOE-CAP-0381
Máster
Agustín Castro Solano
Ministro
MINISTERIO COMUNICACIÓN
agustin.castro@presidencia.go.cr
Estimado señor:
Asunto: Remisión del Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021 sobre la gobernanza
digital en el sector público
Me permito remitirle el Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021, preparado por el Área de
Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y
Evaluativa, en el cual se consignan los resultados de la auditoría de carácter especial sobre la
gobernanza digital en el sector público.
La información que se solicita en este informe para acreditar el cumplimiento de las
disposiciones, deberá remitirse, en los plazos y términos fijados, a la Gerencia del Área de
Seguimiento para la Mejora Pública de la Contraloría General de la República (CGR). Es
importante señalar que para el cumplimiento de lo dispuesto por el Órgano Contralor en el
citado informe, corresponde a esa Administración observar los “Lineamientos generales para el
cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones emitidas por la Contraloría General de la
República en sus informes de auditoría”, emitidos mediante Resolución N° R-DC-144-2015.
En los Lineamientos señalados, entre otros asuntos, se establece que la Administración
debe designar y comunicar al Área de Seguimiento para la Mejora Pública, los datos del
responsable del expediente de cumplimiento, a quién le corresponderá la tarea de conformar,
actualizar, foliar, custodiar, conservar y dar acceso al expediente de cumplimiento de las
disposiciones y recomendaciones (punto 2.1.4). Asimismo, se le solicita comunicar al Órgano
Contralor sobre la(s) persona(s) a quien (es) se le asignó el rol de contacto oficial, para facilitar
la comunicación entre la persona a la que se le dirigen las disposiciones y la CGR, ...
Fecha publicación: 05/07/2021
Fecha emisión: 30/06/2021
Institución: MINISTERIO DE COMUNICACION Y ENLACE INSTITUCIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: AUDITORIA DE CARACTER ESPECIAL
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
M3-04-GE-04 V6
Al contestar refiérase
al oficio N° 09690
30 de junio, 2021
DFOE-CAP-0386
Licenciada
Xinia Solís Torres
Auditora Interna
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
xinia.solis @presidencia.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Remisión del Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021 sobre la gobernanza
digital en el sector público.
Para su conocimiento, me permito remitirle copia del Informe N°
DFOE-CAP-IF-00012-2021, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de
Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan
los resultados de la auditoría de carácter especial sobre la gobernanza digital en el sector
público.
Respecto a las disposiciones del citado informe el Área de Seguimiento para la
Mejora Pública, es la instancia técnica responsable de verificar su oportuno y efectivo
cumplimiento y la competente para determinar si dichas disposiciones se han cumplido o
no. Para efectos de esa verificación, esa Área podrá solicitarle expresamente a esa
auditoría interna su colaboración en los asuntos que requiera.
Atentamente,
Licda. Jessica Víquez Alvarado
Gerente de Área
NRL/IBR/JRGC/ncs
Adjunto: Informe de auditoría de carácter especial N° DFOE-CAP-IF-00012-2021
Ce: Licda. Grace Madrigal Castro, Gerente del Área de Seguimiento para la Mejora Pública de la CGR
G: 2021000250-1
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
http://www.cgr.go.cr/
2021-06-30T15:59:28-0600
] ...
Fecha publicación: 05/07/2021
Fecha emisión: 30/06/2021
Institución: MINISTERIO DE COMUNICACION Y ENLACE INSTITUCIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: AUDITORIA DE CARACTER ESPECIAL
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
M3-04-GE-02a V6
Al contestar refiérase
al oficio N° 09687
30 de junio, 2021
DFOE-CAP-0385
Bachiller
Sigrid Segura Artavia
Presidenta
COMISIÓN NACIONAL DE DATOS ABIERTOS
sigrid.segura@presidencia.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Remisión del Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021 sobre la gobernanza
digital en el sector público
Me permito remitirle el Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021, preparado por el Área de
Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y
Evaluativa, en el cual se consignan los resultados de la auditoría de carácter especial sobre la
gobernanza digital en el sector público.
La información que se solicita en este informe para acreditar el cumplimiento de las
disposiciones, deberá remitirse, en los plazos y términos fijados, a la Gerencia del Área de
Seguimiento para la Mejora Pública del Órgano Contralor, observando los “Lineamientos
generales para el cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones emitidas por la
Contraloría General de la República en sus informes de auditoría”, emitidos mediante
Resolución N° R-DC-144-2015.
Al respecto, se le solicita, en su condición de destinataria de disposiciones emitidas por la
Contraloría General en informes de auditoría, remitir la indicación de un correo electrónico
como medio oficial de notificación. Asimismo, se le recuerda que las disposiciones señaladas
en el aparte 4 del informe de cita, son de acatamiento obligatorio y deberán ser cumplidas
dentro de los plazos conferidos para ello. En caso de que se incumpla con esas disposiciones
en forma injustificada una vez agotado el plazo otorgado para cumplir con la disposición, el
Órgano Contralor podrá iniciar una investigación a efecto de determinar las eventuales
responsabilidades administrativas, civiles o penales que correspondan de conformidad con el
ordenamiento jurídico vigente, y así valorar la ...
Fecha publicación: 05/07/2021
Fecha emisión: 30/06/2021
Institución: MINISTERIO DE COMUNICACION Y ENLACE INSTITUCIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: AUDITORIA DE CARACTER ESPECIAL
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 09482
28 de junio del 2021
DJ-0886
Señor
Martin González Zuñiga, Presidente
CORPORACIÓN HORTÍCOLA NACIONAL
Ce: direccionejecutiva@chn.cr
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso
concreto.
Se refiere este Despacho a su oficio número DE-041-2021, fechado el 21 de junio
del 2021, mediante el cual solicita criterio sobre la posibilidad que tenga una Corporación
de Costa Rica, para captar y administrar fondos disponibles del sistema de Banca para el
Desarrollo, para ser utilizados como banca de segundo piso, en el otorgamiento de
créditos para en el sector al que representa
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 8 de dicho Reglamento contempla los requisitos
necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la
República, entre los que se citan, en lo de interés, los siguientes:
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
“Artículo 8º—Requisitos para la presentac ...
Fecha publicación: 28/06/2021
Fecha emisión: 28/06/2021
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Al contestar refiérase
al oficio Nº 008559
11 de junio, 2021
DFOE-CAP-0230
Máster
Agustín Castro Solano
Ministro
MINISTERIO DE COMUNICACIÓN
agustin.castro@presidencia.go.cr
Estimado señor
Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00001-2021, Seguimiento de
la Gestión Pública: Aplicación de controles en las instituciones públicas
que contribuyen en el abordaje de la emergencia sanitaria.
De conformidad con las competencias asignadas en los artículos 183 y 184 de la
Constitución Política y los artículos 12 y 21 de la Ley Orgánica de la Contraloría General
de la República, N° 7428; me permito hacer de su estimable conocimiento el Informe N° N°
DFOE-CAP-SGP-00001-2021, Seguimiento de la Gestión Pública Aplicación de controles
en las instituciones públicas que contribuyen en el abordaje de la emergencia sanitaria,
preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División
de Fiscalización Operativa y Evaluativa.
En el citado informe, se consignan los resultados de citado seguimiento de la
gestión, el cual tuvo como objetivo revisar la aplicación de controles en las instituciones
públicas para el fortalecimiento e implementación de mecanismos de contribución,
coordinación, comunicación, consolidación de información, seguimiento y monitoreo, que
contribuyan con el abordaje de la emergencia sanitaria; así como, el apoyo a la estructura
organizacional definida para la atención de la emergencia sanitaria.
Asimismo, en dicho informe se recomienda a las instituciones, considerar los
resultados obtenidos como insumo para revisar y rediseñar, de ser necesario, sus
controles para la generación y transmisión de información oportuna y relevante para el
abordaje de la emergencia sanitaria, tanto a lo interno de la institución como hacia los
tomadores de decisiones, con el objetivo de que se establezcan de manera proactiva los
cambios o aj ...
Fecha publicación: 16/06/2021
Fecha emisión: 11/06/2021
Institución: MINISTERIO DE COMUNICACION Y ENLACE INSTITUCIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION INSTITUCIONAL EXTERNA
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 07509
26 de mayo del 2021
DJ-0681
Señor
Martin González Zuñiga, Presidente
CORPORACIÓN HORTÍCOLA NACIONAL
Ce: direccionejecutiva@chn.cr
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso
concreto.
Se refiere este Despacho a su oficio número DE-032-2021, fechado el 14 de mayo
del 2021, mediante el cual solicita criterio sobre si los fondos públicos que son captados y
administrados pueden ser utilizados como banca de segundo piso para el otorgamiento de
créditos para el Sector Hortícola Nacional fundamentándose en la Ley de Creación de la
Corporación Hortícola Nacional.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 8 de dicho Reglamento contempla los requisitos
necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la
República, entre los que se citan, en lo de interés, los siguientes:
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
“Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las ...
Fecha publicación: 27/05/2021
Fecha emisión: 26/05/2021
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto