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año:2021
 
institución:MINISTERIO DE COMUNICACION Y ENLACE INSTITUCIONAL
 
institución:CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio N° 21232 25 de noviembre, 2021 DFOE-CAP-0968 Máster Gabriela Víquez Quirós Directora Ejecutiva CORPORACIÓN HORTÍCOLA NACIONAL Estimada señora: Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00006-2021 sobre la capacidad de gestión institucional Me permito remitirle el informe DFOE-CAP-SGP-00006-2021, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados del seguimiento de la gestión sobre la capacidad de gestión institucional con el objetivo brindar un panorama general sobre la capacidad de gestión institucional, con base en el análisis del marco regulatorio y buenas prácticas aplicables, con el propósito de promover su fortalecimiento en procura de la generación de valor público. Dicho informe comprende los resultados del análisis de la capacidad de gestión institucional a partir de las dimensiones que conforman el Modelo Integrado de Gestión Pública (MiGPS), el cual integra cuatro dimensiones -estrategia y estructura; liderazgo y cultura; procesos e información; competencias y equipos- para el fortalecimiento de la capacidad de gestión institucional; es decir, la articulación y preparación de los recursos disponibles de cada entidad para cumplir sus funciones, objetivos y alcanzar los resultados. Esas dimensiones consideran una serie de prácticas vinculadas a la gestión para resultados, los riesgos, la calidad y el control interno en cada una de las dimensiones definidas, cuya implementación en los subsistemas de gestión de las instituciones -financiera, potencial humano, bienes y tecnologías de información- permite fortalecer la capacidad de gestión institucional en procura de satisfacer las necesidades de la ciudadanía y generar valor público mediante el desempeño eficiente y eficaz de su gestión. Los pri ...
Fecha publicación: 26/11/2021
Fecha emisión: 25/11/2021
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION PUBLICA
Notas de remisión: 21168-2021  |  21169-2021  |  21170-2021  |  21171-2021  |  21172-2021  |  21173-2021  |  21174-2021  |  21175-2021  |  21176-2021  |  21177-2021  |  21178-2021  |  21179-2021  |  21180-2021  |  21181-2021  |  21182-2021  |  21183-2021  |  21184-2021  |  21185-2021  |  21186-2021  |  21187-2021  |  21188-2021  |  21189-2021  |  21190-2021  |  21191-2021  |  21358-2021  |  21359-2021  |  21360-2021  |  21361-2021  |  21362-2021  |  21363-2021  |  21364-2021  |  21365-2021  |  21366-2021  |  21367-2021  |  21368-2021  |  21369-2021  |  21370-2021  |  21371-2021  |  21372-2021  |  21373-2021  |  21374-2021  |  21375-2021  |  21376-2021  |  21377-2021  |  21378-2021  |  21379-2021  |  21380-2021  |  21381-2021  |  21192-2021  |  21193-2021  |  21194-2021  |  21195-2021  |  21196-2021  |  21197-2021  |  21198-2021  |  21199-2021  |  21200-2021  |  21201-2021  |  21202-2021  |  21203-2021  |  21204-2021  |  21205-2021  |  21206-2021  |  21207-2021  |  21208-2021  |  21209-2021  |  21210-2021  |  21211-2021  |  21212-2021  |  21213-2021  |  21214-2021  |  21215-2021  |  21288-2021  |  21289-2021  |  21290-2021  |  21291-2021  |  21382-2021  |  21383-2021  |  21384-2021  |  21385-2021  |  21386-2021  |  21387-2021  |  21388-2021  |  21389-2021  |  21390-2021  |  21391-2021  |  21392-2021  |  21393-2021  |  21394-2021  |  21395-2021  |  21396-2021  |  21397-2021  |  21398-2021  |  21399-2021  |  21400-2021  |  21401-2021  |  21402-2021  |  21403-2021  |  21404-2021  |  21405-2021  |  21216-2021  |  21217-2021  |  21218-2021  |  21219-2021  |  21220-2021  |  21221-2021  |  21222-2021  |  21223-2021  |  21224-2021  |  21225-2021  |  21226-2021  |  21227-2021  |  21228-2021  |  21229-2021  |  21230-2021  |  21231-2021  |  21233-2021  |  21234-2021  |  21235-2021  |  21236-2021  |  21237-2021  |  21238-2021  |  21239-2021  |  21292-2021  |  21293-2021  |  21294-2021  |  21295-2021  |  21296-2021  |  21297-2021  |  21298-2021  |  21299-2021  |  21300-2021  |  21301-2021  |  21302-2021  |  21303-2021  |  21304-2021  |  21305-2021  |  21306-2021  |  21307-2021  |  21308-2021  |  21309-2021  |  21310-2021  |  21311-2021  |  21312-2021  |  21313-2021  |  21314-2021  |  21315-2021  |  21406-2021  |  21407-2021  |  21408-2021  |  21409-2021  |  21410-2021  |  21411-2021  |  21412-2021  |  21413-2021  |  21414-2021  |  21415-2021  |  21416-2021  |  21417-2021  |  21418-2021  |  21419-2021  |  21420-2021  |  21421-2021  |  21422-2021  |  21423-2021  |  21424-2021  |  21425-2021  |  21426-2021  |  21427-2021  |  21428-2021  |  21429-2021  |  21240-2021  |  21241-2021  |  21242-2021  |  21243-2021  |  21244-2021  |  21245-2021  |  21246-2021  |  21247-2021  |  21248-2021  |  21249-2021  |  21250-2021  |  21251-2021  |  21252-2021  |  21253-2021  |  21254-2021  |  21255-2021  |  21256-2021  |  21257-2021  |  21258-2021  |  21259-2021  |  21260-2021  |  21261-2021  |  21262-2021  |  21263-2021  |  21316-2021  |  21317-2021  |  21318-2021  |  21319-2021  |  21320-2021  |  21321-2021  |  21322-2021  |  21323-2021  |  21324-2021  |  21325-2021  |  21326-2021  |  21327-2021  |  21328-2021  |  21329-2021  |  21330-2021  |  21331-2021  |  21332-2021  |  21333-2021  |  21334-2021  |  21335-2021  |  21336-2021  |  21337-2021  |  21338-2021  |  21339-2021  |  21264-2021  |  21265-2021  |  21266-2021  |  21267-2021  |  21268-2021  |  21269-2021  |  21270-2021  |  21271-2021  |  21272-2021  |  21273-2021  |  21274-2021  |  21275-2021  |  21276-2021  |  21277-2021  |  21278-2021  |  21279-2021  |  21280-2021  |  21281-2021  |  21282-2021  |  21283-2021  |  21284-2021  |  21285-2021  |  21286-2021  |  21287-2021  |  21149-2021  |  21150-2021  |  21151-2021  |  21152-2021  |  21153-2021  |  21154-2021  |  21155-2021  |  21156-2021  |  21157-2021  |  21158-2021  |  21159-2021  |  21160-2021  |  21161-2021  |  21162-2021  |  21163-2021  |  21164-2021  |  21165-2021  |  21166-2021  |  21167-2021  |  21340-2021  |  21341-2021  |  21342-2021  |  21343-2021  |  21344-2021  |  21345-2021  |  21346-2021  |  21347-2021  |  21348-2021  |  21349-2021  |  21350-2021  |  21351-2021  |  21352-2021  |  21353-2021  |  21354-2021  |  21355-2021  |  21356-2021  |  21357-2021  |  21148-2021


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible Al contestar refiérase al oficio n.° 15991 19 de octubre, 2021 DFOE-SOS-0259 Señor Martín Antonio González Zúñiga Presidente Corporación Hortícola Nacional Asunto: Respuesta a consulta realizada al Órgano Contralor acerca de la posibilidad de los entes públicos no estatales para captar y administrar fondos públicos y otorgar créditos con esos fondos Mediante oficio DE-058-2021 del 2 de setiembre de 2021, se recibe consulta por parte de la Corporación Hortícola Nacional donde se solicita dar respuesta a las siguientes dos preguntas: 1. ¿Si los entes públicos no estatales, pueden captar y administrar fondos públicos? 2. ¿Si es posible otorgar créditos con base en esos fondos públicos? Dicho oficio indica que se adjunta criterio de la Asesoría Legal Interna de la Corporación Hortícola Nacional. Cabe mencionar que el documento anexo corresponde al criterio jurídico de Dall´anese Advisory, el cual concluye que la Corporación Hortícola Nacional no puede captar fondos públicos o privados con fines propiamente financieros en razón de su prohibición legal de realizar negocios jurídicos especulativos, aunque sí puede otorgar créditos y formar fideicomisos siempre que no sean especulativos. Además señala que la corporación puede establecer convenios financieros, administrar fondos aportados por terceros para el desarrollo de proyectos de investigación, transferencia de tecnología y creación de infraestructura hortícola, y prestar asistencia financiera, pero advirtiendo que no puede captar fondos en atención a lo establecido en la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica. I. Consideraciones preliminares En atención a la potestad consultiva establecida en el artículo 29 y los supuestos del artículo 4 inciso a), de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, ley n.° 7428 del 7 de setiembre de 1994, sobre las consultas que al efecto le dirigen los órg ...
Fecha publicación: 22/10/2021
Fecha emisión: 19/10/2021
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades M3-04-GE-03 V6 Al contestar refiérase al oficio N° 11715 10 de agosto, 2021 DFOE-CAP-0502 Doctora Paola Vega Castillo Ministra MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES COMISIÓN DE ALTO NIVEL DE GOBIERNO DIGITAL DEL BICENTENARIO paola.vega@micitt.go.cr despacho.ministro@micitt.go.cr Máster Agustín Castro Solano Ministro MINISTERIO COMUNICACIÓN agustin.castro@presidencia.go.cr Estimados señora y señor: Asunto: Remisión del Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021 sobre la gobernanza digital en el sector público posterior a la resolución N° R-DFOE-CAP-00002-2021 del recurso de revocatoria Me permito remitirles el Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021, ajustado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados de la auditoría de carácter especial sobre la gobernanza digital en el sector público. Lo anterior, en razón de que mediante resolución de esta Área de Fiscalización N° R-DFOE-CAP-00002-2021 de las diez horas con cuarenta y dos1 minutos del 4 de agosto de 2021, se ajustó el destinatario de la disposición 4.8 en razón de que se concluye que: ...en materia de gobernanza de datos, tanto la Comisión Nacional de Datos Abiertos como la Dirección de Gobernanza Digital del MICITT ostentan competencias sobre lo dispuesto, por lo que, considerando los argumentos y petitoria de la recurrente; así como, el análisis normativo realizado, para el cumplimiento de la disposición 4.8 del mencionado informe se considera procedente la responsabilidad coordinada y compartida entre dichas entidades. Así las cosas, la citada disposición se ajusta para que se atienda de forma coordinada por la Presidencia de la Comisión Nacional de Datos Abiertos y la Dirección de Gobernanza Digital del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicacione ...
Fecha publicación: 13/08/2021
Fecha emisión: 10/08/2021
Institución: MINISTERIO DE COMUNICACION Y ENLACE INSTITUCIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: ATENCION DE RECURSOS DE REVISION O DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO Y OTRAS REPLICAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades M3-04-GE-03 V6 Al contestar refiérase al oficio N° 09682 30 de junio, 2021 DFOE-CAP-0381 Máster Agustín Castro Solano Ministro MINISTERIO COMUNICACIÓN agustin.castro@presidencia.go.cr Estimado señor: Asunto: Remisión del Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021 sobre la gobernanza digital en el sector público Me permito remitirle el Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados de la auditoría de carácter especial sobre la gobernanza digital en el sector público. La información que se solicita en este informe para acreditar el cumplimiento de las disposiciones, deberá remitirse, en los plazos y términos fijados, a la Gerencia del Área de Seguimiento para la Mejora Pública de la Contraloría General de la República (CGR). Es importante señalar que para el cumplimiento de lo dispuesto por el Órgano Contralor en el citado informe, corresponde a esa Administración observar los “Lineamientos generales para el cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones emitidas por la Contraloría General de la República en sus informes de auditoría”, emitidos mediante Resolución N° R-DC-144-2015. En los Lineamientos señalados, entre otros asuntos, se establece que la Administración debe designar y comunicar al Área de Seguimiento para la Mejora Pública, los datos del responsable del expediente de cumplimiento, a quién le corresponderá la tarea de conformar, actualizar, foliar, custodiar, conservar y dar acceso al expediente de cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones (punto 2.1.4). Asimismo, se le solicita comunicar al Órgano Contralor sobre la(s) persona(s) a quien (es) se le asignó el rol de contacto oficial, para facilitar la comunicación entre la persona a la que se le dirigen las disposiciones y la CGR, ...
Fecha publicación: 05/07/2021
Fecha emisión: 30/06/2021
Institución: MINISTERIO DE COMUNICACION Y ENLACE INSTITUCIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: AUDITORIA DE CARACTER ESPECIAL
Notas de remisión: 9686-2021  |  9690-2021  |  9687-2021  |  9691-2021  |  9684-2021  |  9683-2021


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades M3-04-GE-04 V6 Al contestar refiérase al oficio N° 09690 30 de junio, 2021 DFOE-CAP-0386 Licenciada Xinia Solís Torres Auditora Interna MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA xinia.solis @presidencia.go.cr Estimada señora: Asunto: Remisión del Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021 sobre la gobernanza digital en el sector público. Para su conocimiento, me permito remitirle copia del Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados de la auditoría de carácter especial sobre la gobernanza digital en el sector público. Respecto a las disposiciones del citado informe el Área de Seguimiento para la Mejora Pública, es la instancia técnica responsable de verificar su oportuno y efectivo cumplimiento y la competente para determinar si dichas disposiciones se han cumplido o no. Para efectos de esa verificación, esa Área podrá solicitarle expresamente a esa auditoría interna su colaboración en los asuntos que requiera. Atentamente, Licda. Jessica Víquez Alvarado Gerente de Área NRL/IBR/JRGC/ncs Adjunto: Informe de auditoría de carácter especial N° DFOE-CAP-IF-00012-2021 Ce: Licda. Grace Madrigal Castro, Gerente del Área de Seguimiento para la Mejora Pública de la CGR G: 2021000250-1 Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ 2021-06-30T15:59:28-0600 ] ...
Fecha publicación: 05/07/2021
Fecha emisión: 30/06/2021
Institución: MINISTERIO DE COMUNICACION Y ENLACE INSTITUCIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: AUDITORIA DE CARACTER ESPECIAL
Notas de remisión: 9686-2021  |  9687-2021  |  9691-2021  |  9682-2021  |  9684-2021  |  9683-2021


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades M3-04-GE-02a V6 Al contestar refiérase al oficio N° 09687 30 de junio, 2021 DFOE-CAP-0385 Bachiller Sigrid Segura Artavia Presidenta COMISIÓN NACIONAL DE DATOS ABIERTOS sigrid.segura@presidencia.go.cr Estimada señora: Asunto: Remisión del Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021 sobre la gobernanza digital en el sector público Me permito remitirle el Informe N° DFOE-CAP-IF-00012-2021, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados de la auditoría de carácter especial sobre la gobernanza digital en el sector público. La información que se solicita en este informe para acreditar el cumplimiento de las disposiciones, deberá remitirse, en los plazos y términos fijados, a la Gerencia del Área de Seguimiento para la Mejora Pública del Órgano Contralor, observando los “Lineamientos generales para el cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones emitidas por la Contraloría General de la República en sus informes de auditoría”, emitidos mediante Resolución N° R-DC-144-2015. Al respecto, se le solicita, en su condición de destinataria de disposiciones emitidas por la Contraloría General en informes de auditoría, remitir la indicación de un correo electrónico como medio oficial de notificación. Asimismo, se le recuerda que las disposiciones señaladas en el aparte 4 del informe de cita, son de acatamiento obligatorio y deberán ser cumplidas dentro de los plazos conferidos para ello. En caso de que se incumpla con esas disposiciones en forma injustificada una vez agotado el plazo otorgado para cumplir con la disposición, el Órgano Contralor podrá iniciar una investigación a efecto de determinar las eventuales responsabilidades administrativas, civiles o penales que correspondan de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, y así valorar la ...
Fecha publicación: 05/07/2021
Fecha emisión: 30/06/2021
Institución: MINISTERIO DE COMUNICACION Y ENLACE INSTITUCIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: AUDITORIA DE CARACTER ESPECIAL
Notas de remisión: 9686-2021  |  9690-2021  |  9691-2021  |  9682-2021  |  9684-2021  |  9683-2021


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 09482 28 de junio del 2021 DJ-0886 Señor Martin González Zuñiga, Presidente CORPORACIÓN HORTÍCOLA NACIONAL Ce: direccionejecutiva@chn.cr Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio número DE-041-2021, fechado el 21 de junio del 2021, mediante el cual solicita criterio sobre la posibilidad que tenga una Corporación de Costa Rica, para captar y administrar fondos disponibles del sistema de Banca para el Desarrollo, para ser utilizados como banca de segundo piso, en el otorgamiento de créditos para en el sector al que representa En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 de dicho Reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la República, entre los que se citan, en lo de interés, los siguientes: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 “Artículo 8º—Requisitos para la presentac ...
Fecha publicación: 28/06/2021
Fecha emisión: 28/06/2021
Documento: 9482-2021.pdf
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio Nº 008559 11 de junio, 2021 DFOE-CAP-0230 Máster Agustín Castro Solano Ministro MINISTERIO DE COMUNICACIÓN agustin.castro@presidencia.go.cr Estimado señor Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00001-2021, Seguimiento de la Gestión Pública: Aplicación de controles en las instituciones públicas que contribuyen en el abordaje de la emergencia sanitaria. De conformidad con las competencias asignadas en los artículos 183 y 184 de la Constitución Política y los artículos 12 y 21 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N° 7428; me permito hacer de su estimable conocimiento el Informe N° N° DFOE-CAP-SGP-00001-2021, Seguimiento de la Gestión Pública Aplicación de controles en las instituciones públicas que contribuyen en el abordaje de la emergencia sanitaria, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa. En el citado informe, se consignan los resultados de citado seguimiento de la gestión, el cual tuvo como objetivo revisar la aplicación de controles en las instituciones públicas para el fortalecimiento e implementación de mecanismos de contribución, coordinación, comunicación, consolidación de información, seguimiento y monitoreo, que contribuyan con el abordaje de la emergencia sanitaria; así como, el apoyo a la estructura organizacional definida para la atención de la emergencia sanitaria. Asimismo, en dicho informe se recomienda a las instituciones, considerar los resultados obtenidos como insumo para revisar y rediseñar, de ser necesario, sus controles para la generación y transmisión de información oportuna y relevante para el abordaje de la emergencia sanitaria, tanto a lo interno de la institución como hacia los tomadores de decisiones, con el objetivo de que se establezcan de manera proactiva los cambios o aj ...
Fecha publicación: 16/06/2021
Fecha emisión: 11/06/2021
Institución: MINISTERIO DE COMUNICACION Y ENLACE INSTITUCIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION INSTITUCIONAL EXTERNA
Notas de remisión: 8617-2021  |  8623-2021  |  8676-2021  |  8681-2021  |  8684-2021  |  8563-2021  |  8568-2021  |  8574-2021  |  8575-2021  |  8582-2021  |  8585-2021  |  8643-2021  |  8674-2021  |  8583-2021  |  8593-2021  |  8606-2021  |  8667-2021  |  8680-2021  |  8683-2021  |  8560-2021  |  8564-2021  |  8577-2021  |  8608-2021  |  8614-2021  |  8578-2021  |  8586-2021  |  8580-2021  |  8596-2021  |  8602-2021  |  8649-2021  |  8664-2021  |  8607-2021  |  8624-2021  |  8636-2021  |  8557-2021  |  8567-2021  |  8590-2021  |  8569-2021  |  8572-2021  |  8592-2021  |  8632-2021  |  8625-2021  |  8581-2021  |  8600-2021  |  8611-2021  |  8609-2021  |  8635-2021  |  8651-2021  |  8618-2021  |  8610-2021  |  8620-2021  |  8631-2021  |  8653-2021  |  8630-2021  |  8640-2021  |  8641-2021  |  8642-2021  |  8679-2021  |  8555-2021  |  8621-2021  |  8626-2021  |  8637-2021  |  8587-2021  |  8589-2021  |  8603-2021  |  8613-2021  |  8562-2021  |  8672-2021  |  8552-2021  |  8612-2021  |  8668-2021  |  8591-2021  |  8633-2021  |  8647-2021  |  8654-2021  |  8661-2021  |  8571-2021  |  8573-2021  |  8576-2021  |  8595-2021  |  8597-2021  |  8598-2021  |  8570-2021  |  8579-2021  |  8584-2021  |  8588-2021  |  8601-2021  |  8648-2021  |  8650-2021  |  8662-2021  |  8663-2021  |  8665-2021  |  8594-2021  |  8604-2021  |  8627-2021  |  8561-2021  |  8565-2021


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 07509 26 de mayo del 2021 DJ-0681 Señor Martin González Zuñiga, Presidente CORPORACIÓN HORTÍCOLA NACIONAL Ce: direccionejecutiva@chn.cr Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio número DE-032-2021, fechado el 14 de mayo del 2021, mediante el cual solicita criterio sobre si los fondos públicos que son captados y administrados pueden ser utilizados como banca de segundo piso para el otorgamiento de créditos para el Sector Hortícola Nacional fundamentándose en la Ley de Creación de la Corporación Hortícola Nacional. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 de dicho Reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la República, entre los que se citan, en lo de interés, los siguientes: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 “Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las ...
Fecha publicación: 27/05/2021
Fecha emisión: 26/05/2021
Documento: 7509-2021.pdf
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto